Al transitar por el territorio nacional debemos tener en cuenta los carriles correctos por los que debemos circular.
VíAS DE SENTIDO íšNICO
En las vías que tengan una velocidad reglamentada para los carriles, utilizaremos el carril que más convenga según la velocidad de nuestra marcha.
En aquellas vías en los que los carriles no tengan reglamentada la velocidad, debemos circular por el carril derecho. Los demás carriles solamente deben ser utilizados para realizar adelantamientos.
VíAS DE DOBLE SENTIDO
- Vías de dos carriles. Circularemos por el carril de la derecha. Podremos utilizar el carril de la izquierda para adelantar a otro vehículo, siempre y cuando respetemos la señalización de la vía.
- Vías de tres carriles. Transitaremos por los carriles de la derecha. El carril central solamente será utilizado en el sentido en el que señale la autoridad competente.
- Vías de cuatro carriles.Circularemos por los carriles exteriores. Los interiores se utilizarán para adelantar o para circular a mayor velocidad que los vehículos que circulan por los carriles exteriores, siempre que respetemos los límites de velocidad establecidos.