¿Cuál es la infracción que más cometen los colombianos en Medellí­n?

Infraccion estacionamiento

Según un reporte de la Secretaria de Movilidad de Medellí­n, el mayor número de infracciones que cometen los colombianos en esta localidad es la de estacionar un vehí­culo en sitios prohibidos.

A comienzos de este año, se contabilizó un total de 11.120 infracciones, consecuencia de:

  1. Estacionar un vehí­culo en sitios prohibidos: 2.742 infracciones.
  2. Conducir motocicleta sin observar las normas establecidas: 2.432
  3. Transitar por sitios y horas prohibidas: 1.435
  4. Guiar un vehí­culo sin haber obtenido la licencia de conducción: 1.270
  5. No realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo establecido: 1.122
  6. Hablar por celular al momento de conducir: 1.122
  7. Conducir un vehí­culo sin llevar la licencia de conducción: 452
  8. Conducir sin portar los seguros ordenados por la ley: 545

Según el artí­culo 76 del Régimen jurí­dico del tránsito terrestre en Colombia, está prohibido estacionar vehí­culos en los siguientes lugares:

  • Sobre andenes, zonas verdes o sobre espacio público destinado para peatones, recreación o conservación.
  • En ví­as arterias, autopistas, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.
  • En ví­as principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehí­culos.
  • En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a estos.
  • En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehí­culos, incluyendo las paradas de vehí­culos de servicio público, o para limitados fí­sicos.
  • En carriles dedicados al transporte masivo sin autorización.
  • A una distancia mayor de treinta centí­metros de la acera.
  • En doble fila de vehí­culos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes.
  • En curvas.
  • Donde interfiera con la salida de vehí­culos estacionados.
  • Donde las autoridades de tránsito lo prohí­ban.
  • En zona de seguridad y de protección de la ví­a férrea, en la ví­a principal, ví­as secundarias, apartaderos, estaciones y anexidades férreas.

En el caso de autopistas y zonas rurales, los vehí­culos podrán estacionarse únicamente por fuera de la ví­a colocando en el dí­a señales reflectivas de peligro, y en la noche, luces de estacionamiento y señales luminosas de peligro.

¡Estén atentos al lugar donde estacionen su vehí­culo!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *